Reducción del plazo entre la primera y segunda ronda electoral

Número de Proyecto: 
19 116
Fecha de Presentación: 
Jueves, 1 Mayo 2014
Tipo de Proyecto: 
La Constitución Política detalla que debe existir un plazo de dos meses entre la primera y segunda ronda, que va desde el primer domingo de febrero al primer domingo de abril. La reforma constitucional pretende reducir ese plazo; para que la segunda ronda se realice aproximadamente a un mes después de que el Tribunal Supremo de Elecciones haga la declaración oficial sobre los resultados de la primera ronda.